014 - DOMUM LABORAL -Retractarse de una baja voluntaria en la empresa

 

 

014- RETRACTARSE Y CANCELAR UNA BAJA VOLUNTARIA  EN LA EMPRESA

 

 

Contrariamente a lo que se pueda pesar, el trabajador una vez entregado la carta de baja voluntaria puede retractarse, cambiar de opinión y dejar sin efecto la comunicación de baja voluntaria y seguir trabajando en la empresa. Ello debería ser comunicado durante el periodo del preaviso.

 

 

NOTAS A TENER EN CUENTA EN SITUACION DE ANULAR UNA BAJA VOLUNTARIA

 

Si has firmado una carta para comunicar a la empresa tu decisión de causar baja voluntaria y posteriormente a la firma quieres, puedes retractarte y anular esa baja voluntaria.

 

El artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores establece que una de las causas de extinción del contrato de trabajo es la dimisión voluntaria del trabajador, debiendo hacer un preaviso. Los plazos de estos preavisos estarán establecidos en los convenios colectivos o la costumbre del lugar

 

Ahora bien, ¿qué ocurre si tras firmar la baja voluntaria, lo reconsideras, te cambian las circunstancias o simplemente te arrepientes y decides continuar en la empresa?

 

DOCTRINA ANTERIOR.

 

Hasta no hace demasiado tiempo los juzgados establecían que una vez preavisada y firmada una baja voluntaria, la decisión adoptada no se podía revocar salvo que el empresario la aceptase.

 

DOCTRINA ACTUAL.

 

Sin embargo, en la doctrina actual se ha cambiado el criterio, aunque cabe distinguir dos situaciones, en función del momento en que el trabajador se retracte de la decisión de causar baja voluntaria:

 

 

¿QUE SUCEDE SI HAS PRESENTADO UN PREAVISO?.

 

Si te arrepientes durante el período de preaviso concedido a la empresa, es decir, si cambias de opinión desde la notificación a la empresa, hasta la fecha en que debas producir efectos la baja voluntaria (plazo de preaviso) puedes retractarte y por tanto tu contrato seguirá en vigor

 

La baja voluntaria queda sin efecto, de tal forma que si la empresa nos negara la continuidad seria constitutivo de un despido improcedente.

 

Eso sí, salvo, que la empresa demostrase un perjuicio sustancial a la empresa o tercero como consecuencia de que el trabajador no hubiera actuado bajo el principio de la buena fe contractual que ha de regir las relaciones laborales.

 

Hay que tener en cuenta las circunstancias de cada caso, por ejemplo, la jurisprudencia ha establecido como una excepción que si la empresa ya ha contratado a otro trabajador para sustituirnos en el puesto de trabajo, en dicho caso, y en relación con el perjuicio que le supondría a la empresa y un tercero, no sería posible cancelar la baja voluntaria.

 

 

SI NO HAS PRESENTADO PREAVISO O HA PASADO EL PLAZO DEL PREAVISO

 

Sin embargo, si te arrepientes habiendo pasado ya el plazo de preaviso o he dimitido sin preavisar a la empresa, en este caso no hay marcha atrás y tu relación laboral quedará extinguida.

 

Además, hay que tener en cuenta que la baja voluntaria, no se considera situación legal de desempleo y por lo tanto no se podría acceder al paro

 

 

SI LA EMPRESA NO ACEPTARA TU CANCELACION DE BAJA VOLUNTARIA.

 

En el caso de que la empresa no aceptara la cancelación de la baja voluntaria, el trabajador tiene que proceder como si la baja voluntaria nunca hubiera existido y acudir a su puesto de trabajo con total normalidad.

 

Para el caso de que la empresa no le deje ocupar su puesto de trabajo, o le indique que no acepta su cancelación de la baja tendrá que demandar por despido improcedente o nulo.

 

El plazo para presentar esta demanda, sería como la de cualquier impugnación de un despido, es decir de 20 días hábiles desde la fecha de extinción de la relación laboral.

 

Siempre será aconsejable hacerlo todo por escrito, ya que el trabajador tendrá que acreditar que ha comunicado su cancelación de la baja voluntaria, y el empresario tendrá que acreditar cual es la causa por la cual no la ha aceptado

 

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