GABRIEL TEJADA – APUNTE LABORAL: Algunas aclaraciones sobre el Permiso por Matrimonio de un trabajador o trabajadora.


El permiso por matrimonio, está regulado en el articulo 37.3.a) del Estatuto de los Trabajadores, que establece que son 15 de permiso y solo está establecido para el matrimonio civil, es decir, no se concede a parejas de hecho.

Ahora bien, tu convenio de sector, puede regular mejoras a las del Estatuto de los Trabajadores, y podría conceder más de 15 días de permiso, así como también podría concederlos a las parejas de hecho equiparándolas así a los matrimonios civiles.

Los días de permiso por matrimonio empiezan a contar desde el primer día de trabajo. Es decir, si un trabajador se casa un día que no es laborable para él, entonces los 15 días de  permiso retribuido que le corresponden empiezan a contar desde el primer día laborable.

Ejemplo 1: Si el trabajador trabaja de lunes a viernes, y se casa un sábado, será el lunes cuando empezaran a contar los 15 días de permiso por matrimonio


Ejemplo 2: Si el trabajador trabaja a ciclo continuo, y se casa un sábado, pero por su ciclo de descansos, su primer día de trabajo es un miércoles, sera ese miércoles cuando empezaran a contar los 15 días de permiso por matrimonio


No obstante, si el trabajador y la empresa, de mutuo acuerdo, deciden pactar los 15 días en una fecha distinta, eso es completamente legitimo para ambas partes, si alcanzan un acuerdo.

Lo que no puede hacer un trabajador unilateralmente es tomarse otras fechas si no hay acuerdo con la empresa. Como tampoco podría la empresa, posponer el permiso, si no hay acuerdo con el trabajador.

Una vez concedido un permiso por matrimonio, si el trabajador/a se vuelve a casar, volverá a tener un nuevo permiso de matrimonio, 15 días o los que dicte su convenio. Tendrá tantos permisos por matrimonio, como bodas celebre.

Ahora bien, el permiso por matrimonio, es un permiso que se concede por contraer matrimonio civil, y una vez se ha concedido, no se tiene un nuevo permiso si el trabajador o trabajadora deciden casarse tiempo después en una ceremonia religiosa, por la iglesia, o por cualquier otra confesión religiosa.

El permiso debe concederse todos los días y no en función de tu antigüedad o de tu jornada.

Hay empresarios que intentan “colar” que si un trabajador esta de contrato, o tiene una reducción de jornada, no puede tener los 15 de permiso

Esto no es así, el trabajador tiene derecho a los 15 días, o los que digan su convenio, independientemente de su tipo de contrato y de su jornada.


Normativa aplicable
Estatuto de los Trabajadores: Articulo 37.3.a)

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