GABRIEL TEJADA - APUNTE LABORAL: Madre trabajadora. El ruido y el riesgo para el feto.
Si bien el ruido es peligroso cuando es excesivo en el puesto de
trabajo, se debe tener en cuenta que para la mujer embarazada hay que tener más
prevención en aquellos puestos de trabajo con ruido.
Es importante saber que aproximadamente sobre la semana 24 de
gestación, el feto tiene ya completamente desarrollado el oído de tal forma que
el ruido ya le afecta y es, por supuesto, cuando YA ES PELIGROSO para el desarrollo y la formación
del bebe.
Incluso entre las semanas 27-30
el feto ya responde a todos los ruidos de fuera del vientre materno.
Por ello, cuando se llega a este
tiempo de gestación, si en el puesto de trabajo existe ruido, a la madre
trabajadora se le debe cambiar del puesto de trabajo “SI o SI” para evitar este
riesgo para el feto, para su hijo o hija.
Ahora bien, si la empresa no
tiene un lugar adecuado para la trabajadora, entonces debe coger una baja por
“Riesgo por embarazo” por la cual, la Seguridad Social le pagara el 100% del
salario.
Es importante pues que si te
encuentras en situación de gestación, preguntes a la empresa o a tus
representantes los resultados del estudio de sonometría, del ruido, de tu
puesto de trabajo para evitar correr este riesgo para tu hijo o hija.
Pero la madre también debe saber
que el ruido, no es otra cosa que una “contaminación acústica” y que no
solamente existe peligro en el puesto de trabajo, sino que también proviene de
otras fuentes como pueden ser, un concierto de Rock, el ruido alto de la radio
del coche, los motores del avión, etc.
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