GABRIEL TEJADA - APUNTE LABORAL: Como se paga la baja laboral cuando tienes un contrato a tiempo parcial.

Es un error que se comete habitualmente a la hora de calcular las bajas cuando el trabajador tiene un contrato a tiempo parcial.

Este error consiste en calcular y abonar la baja como si se tratase de un contrato a tiempo completo. Sin embargo, no se calculan de la misma manera.

CALCULO DE LA BAJA CON CONTRATO A TIEMPO COMPLETO

Cuando se calcula una baja laboral con una jornada normal, es decir, a tiempo completo, se calcula con la nómina del mes anterior al mes de la baja.

CALCULO DE LA BAJA CON CONTRATO A TIEMPO PARCIAL.

Sin embargo la regla para calcular la baja con un contrato a tiempo parcial es diferente, ya que debe realizarse con las medias de las bases de cotización de las 3 últimas nominas al mes que se coge la baja.

Si la baja es por accidente de trabajo o enfermedad profesional: no se exigen estos tiempos de cotización y se paga la baja desde el día siguiente al de la baja en el trabajo.

LAS JORNADAS REDUCIDAS POR CUIDADOS DE HIJOS O MAYORES DEPENDIENTES.


Hay que tener en cuenta que si la jornada es reducida por motivos de guarda legal por cuidado de hijos menores, (o por mayores dependientes) no se aplica la regla de los contratos a tiempo parcial, y se debe calcular, solo con la ultima nomina del mes a que se coge la baja. Ya que esta reducción de jornada, no se entiende como “contrato a tiempo parcial”


Calculo del tiempo necesario cotizado para percibir la prestación por baja común en un contrato a tiempo parcial
  
El tema del cálculo de una baja por enfermedad común para los contratos a tiempo parcial, se nos complica más, cuando además tenemos que hablar del tiempo de carencia cotizado para poder tener derecho a cobrar la baja si tenemos un contrato a tiempo parcial.

Es un cálculo enmarañado que viene regulado en la actual disposicion adicional septima de la Ley General de la Seguridad Social

Para poder ser cobrar la prestación por baja común, es necesario haber cotizado al menos 180 días, dentro de los últimos 5 años anteriores al hecho causante en los contratos de “jornada normal” es decir la jornada completa de 8 horas.

Sin embargo esta regla de los 180 días cotizados, se aplica para los contratos a tiempo completo, pero en los contratos a tiempo parcial hay que tener en cuenta varios aspectos para poder comprobar si se tiene o no derecho a cobrar la baja.

Ejemplo de cómo debe calcularse el tiempo necesario cotizado para generar derecho a cobrar la baja.

1.- Se suman los días cotizados con contrato a tiempo parcial. A este periodo se le aplica el % de jornada que trabaja en relación a un trabajador a tiempo completo.
2.- Se le suman los días cotizados a tiempo completo.
3.- Se calcula el coeficiente global de parcialidad. Este coeficiente se obtiene dividiendo la suma de los días obtenidos en los puntos 1 y 2 entre el total de días de alta y multiplicándolo por 100.
4.- Comprobamos si los días cotizados superan los exigidos por el periodo de carencia, aplicando el porcentaje de parcialidad sobre los 180 días de periodo de carencia generales. Si los días obtenidos en los puntos 1 y 2 son superiores a éste, tendrá derecho a la prestación.
Con un ejemplo se entenderá mejor. Supongamos un trabajador que, en los últimos 5 años ha cotizado 180 días al 50 % de la jornada y 75 días a jornada completa.
1.- Los días cotizados a tiempo parcial serían: 180 X 50% = 90 días.
2.- Sumamos los días cotizados a tiempo completo: 90 + 75 = 165 días.
3.- Coeficiente global de parcialidad: 165 / 255 = 64,71 %
4.- Al periodo de carencia general se le aplica el porcentaje de parcialidad: 180 X 64,71 % = 116,48 días.
Finalmente, se comparan ambos periodos y se comprueba si reúne o no el periodo de carencia. Como este trabajador tiene 165 días cotizados, supera los 116,48 días exigidos para poder causar derecho a la percepción de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común.

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