027-DOMUM LABORAL: Apunte Laboral: En la baja laboral por motivos de cirugía estética, no se tiene derecho a cobrar la baja. Salvo excepciones

LAS EMPRESAS DEBE PAGAR LA BAJA POR CIRUGIA ESTETICA? Realizarse una operación de cirugía estética, tiene como única finalidad la mejora de la apariencia física desde un punto vista estético-personal. Estas operaciones de estéticas, que a modo de ejemplo pueden ser: Operaciones sobre parpados Operaciones sobre la nariz Operaciones sobre boca y cara Operaciones sobre aumento de pecho Operaciones sobre la zona abdominal Estas operaciones no significan un problema de salud física o mental, y comportan en muchos casos tener que faltar a trabajar, es decir, una baja laboral Durante esta convalecencia hay una baja médica, ya que desde el punto de vista médico son necesarios cuidados, pero ¿Debe la Seguridad Social correr con los gastos de la baja ante la decisión personal de someterse a cirugía estética? Esa ya es otra historia . ...