019-DOMUM LABORAL - APUNTES LABORALES - El descanso de la trabajadora embarazada y madre lactante durante la jornada de trabajo.
El Real Decreto 489/1997, es la norma legal donde encontraremos las exigencias mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Sobre los locales de descanso establece un aspecto que muchas empresas carecen de el, y es el de que las trabajadoras embarazadas y madres lactantes deberán tener la posibilidad de descansar tumbadas en condiciones adecuadas.
Es decir, la mujer trabajadora embarazada, debe tener la posibilidad de descansar si lo requiere, tumbada o en una butaca si ella lo requiere durante su jornada de trabajo.
La empresa que no cumpla con esta obligación corre el riesgo de que se le pueda imponer una sanción MUY GRAVE, de acuerdo a la Ley de Infracciones, Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
El artículo 13 de este Ley, establece como Infracción muy grave "No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y la salud de las trabajadoras durante los períodos de embarazo y lactancia"
Normativa aplicable
Real Decreto 489/1997.
Anexo V
Real Decreto Legislativo
5/2000 de 4 de agosto. Articulo 13.1
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