GABRIEL TEJADA - APUNTE LABORAL: Lactancia y Reducción de Jornada
En ocasiones, hay empresas que niegan a una madre
trabajadora que pueda disfrutar al mismo tiempo de estos dos permisos a los que
tiene derecho por normativa legal;
1.- El permiso de lactancia
2.- Y la reducción de jornada
Ponen la excusa estas empresas de que uno de estos
permisos limita el otro. Pero esto no es cierto, si que se tiene derecho a acumular
los dos permisos.
Es decir, si una madre trabajadora tras la baja de
maternidad pide una reducción de jornada, también puede disfrutar al mismo
tiempo de la reducción por lactancia (esta última hasta la edad de 9 meses del
hijo/a).
La legislación laboral no limita el disfrute
simultáneo de ambos permisos. Además existen sentencias de los Tribunales de
Justicia que reconocen expresamente que ambos permisos son distintos y
acumulables.
1. El permiso de lactancia, lo regula el Art. 37.4 del
Estatuto de los Trabajadores y se tiene derecho hasta los 9 meses de edad del
hijo/a. Este permiso se incrementará proporcionalmente en casos de parto,
adopción o acogimiento múltiples.
2. El permiso de Reducción de Jornada por guarda legal
del hijo/a lo regula el Art. 37.5 del Estatuto de los Trabajadores y se tiene
derecho hasta los 12 años de edad del hijo/a
NOTA: El padre también puede solicitar el permiso de
lactancia, ya que este permiso es un derecho individual de las y los
trabajadores, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los dos en caso de que
ambos trabajen.
El Permiso de Reducción de jornada lo pueden disfrutar
los dos progenitores, ya que este es un derecho individual de los trabajadores,
hombres o mujeres
No obstante, si trabajan en la misma empresa y piden
la reducción de jornada por el mismo hijo/a, la empresa podría limitar su
ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Eso si, ha de ser por “Razones justificadas”
Normativa aplicable
Estatuto de los Trabajadores. Art.37,4 y 5
Normativa aplicable
Estatuto de los Trabajadores. Art.37,4 y 5
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